lunes, 24 de marzo de 2014

NORMATIVA: PAÍS VASCO.- CIRCULAR SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE RACIONALIZACIÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

El Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha publicado la Circular de 11 de marzo de 2014 de la Directora de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, referente al sistema de ordenación de las competencias municipales y al régimen foral vasco, tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
A través de esta Circular se establecen determinados criterios interpretativos sobre la aplicación de la LRSAL a las Entidades locales radicadas en el País Vasco. Y ello teniendo en cuenta tantos aquellos aspectos que puedan ser de inmediata aplicación a las Entidades locales vascas como de aquellos otros que se amparan en el respeto a un régimen especial de tales Entidades consagrado en la propia LRSAL.
 

viernes, 21 de marzo de 2014

NORMATIVA.-INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN DEL IBI

El BOE de hoy publica la Resolución de 12 de marzo de 2014, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral y demás ficheros de intercambio de la información necesaria para la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Como es sabido, el IBI es un impuesto de "gestión compartida" entre el Estado y las Entidades locales titulares del Impuesto, por lo que los instrumentos para el intercambio de información entre ambas Administraciones que posibilite la adecuada y eficaz gestión del Impuesto son de la máxima importancia. La Dirección General del Catastro aprueba en esta Resolución el instrumento adecuado para ello, recogiendo, a tal efecto, las últimas modificaciones normativas que han afectado a este Impuesto.

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CATASTRAL IBI

martes, 4 de marzo de 2014

DOCUMENTOS.- NOTA EXPLICATIVA DE LA REFORMA LOCAL

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado hoy una Nota explicativa de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. En la misma se abordan las cuestiones de la reforma local que más dudas aplicativas están generando y se recogen las preguntas más frecuentes que, al respecto, se están planteando al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Sin duda, un documento de gran interés para abordar la correcta aplicación de la reciente reforma local.

NOTA EXPLICATIVA DE LA REFORMA LOCAL

NORMATIVA: CASTILLA Y LEÓN.- RECOMENDACIONES A RAÍZ DE LA FISCALIZACIÓN DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES LOCALES EN EL AÑO 2011

El Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León ha publicado recientemente la RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2014, de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, por la que se ordena la publicación de la Resolución aprobada por la Comisión de Hacienda en relación al Informe correspondiente al Análisis del control interno de la gestión económico-financiera y contable de las Entidades Locales de Castilla y León, con especial incidencia en el personal que tiene atribuido dicho control, ejercicio 2011: Organización del control interno de la gestión económico-financiera y contable, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
 
Las recomendaciones que se contienen en esta resolución son de gran interés no sólo para el ámbito de la Comunidad Autónoma sino también a nivel estatal, pues tienen en cuenta la recientemente aprobada Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y las consecuencias de la nueva regulación que la misma contempla en relación con los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional y con el desarrollo de las tareas, especialmente de control interno, a ellos encomendadas. Por poner sólo algún ejemplo, la primera de las recomendaciones o acuerdos adoptados es la de que  
las Cortes de Castilla y León, a través de la Junta de Castilla y León, insten al Gobierno de la Nación a aprobar mediante Real Decreto la normativa de desarrollo del régimen jurídico de los funcionarios con habilitación de carácter nacional, en los términos establecidos en el artículo 92 bis de la Ley de Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, para dotar de mayor seguridad jurídica al régimen sobre el ejercicio de las funciones públicas necesarias en las Entidades Locales y a las formas de provisión y desempeño de los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de preceptiva existencia en los Entes Locales.
 
Asimismo, y en línea con lo apuntado, en la Resolución se recomienda que todas las Administraciones Públicas con competencias sobre la materia, es decir, Entidades Locales Menores y Ayuntamientos en primera instancia (Art. 8 y concordantes del R.D. 1732/1994), Diputaciones y Comunidad Autónoma, en segunda instancia, en el ejercicio de las competencias que les vienen atribuidas por la LBRL (Arts. 36 y 92 bis), y la propia Administración del Estado en última instancia en virtud de la LBRL (Art. 92 bis, disposición adicional séptima y disposición transitoria cuarta) que adopten las medidas necesarias para dar cumplimiento a la normativa vigente relativa al ejercicio de las funciones públicas necesarias y reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal en las Entidades Locales Menores de Castilla y León.
 
Para concluir, mencionaremos que las recomendaciones de esta Resolución también van en la línea de posibilitar una mayor dotación de puestos de trabajo de funcionarios con habilitación nacional que ejerzan las funciones de control interno en las Entidades Locales, habida cuenta del aumento de carga de trabajo que ha supuesto para los mismos la aprobación de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y las consiguientes obligaciones de remitir información económico-financiera periódicamente a la Administración del Estado.
 
RECOMENDACIONES FISCALIZACIÓN DEL CONTROL INTERNO DE LAS ENTIDADES LOCALES